[Por Lucho Soria para ANRed] La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró competente a la justicia federal de la provincia de Salta para continuar la investigación que involucra a Marcos Levín con delitos de privación ilegítima de libertad y torturas a un grupo de trabajadores durante la última dictadura. El empresario era entonces propietario de la empresa de La Veloz del Norte.
“Que buena noticia” fue la respuesta de David Leiva al enterarse de la reapertura de la causa que investiga al empresario Marcos Levin por delitos cometidos durante la dictadura. David, Leiva junto a Oscar Rodríguez, abogado del Mocase-VC, se desempeñaron en la querella contra el empresario, hoy propietario de un hotel en la capital de Salta.
El juicio al entonces dueño de la Veloz del Norte fue el primero que evidenció la complicidad empresarial en el país. Leiva destaca que el juicio padeció de todas las trabas que el andamiaje jurídico habilita, durante su gestación hasta su elevación y condena el 27 de marzo del 2016. Los organismos de derechos humanos y sindicatos fueron parte activa durante el proceso. Una causa que fue cubierta por la periodista Elena Corvalan.
Cabe precisar que la justicia de Salta tiene su protagonista a la hora de rendir cuentas: el ex juez federal Ricardo Lona acusado del fusilamiento de presos políticos, militantes de la insurgencia revolucionaria y la desaparición del ex gobernador Ragone, ya fue elevado a juicio oral y público. Lona y Levin son dos ejemplos de la complicidad empresarial con el terrorismo de estado. Tampoco hay que olvidar al empresario azucarero Blaquier, con el que la justicia aún debe ordenar los testimonios presentados por la querella hace varios años atrás.
Para reabrir la causa, la Corte Suprema de Justicia consideró que la Sala III de Casación Penal, quien pronunció la sentencia, había descartado de forma indebida enmarcar los hechos investigados dentro de la categoría de crímenes de lesa humanidad. En cambio, la sala III había entendido que se trataba de “meros actos aislados de grave violencia institucional cometidos durante la última dictadura militar, pero no vinculados al terrorismo de estado”. No se tuvo en cuenta que bajo el terrorismo estatal cualquier motivo mínimo (como una denuncia por un delito común) bastaba para perseguir y reprimir.
Los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda sostuvieron que lo decisivo es que “la política del terrorismo de estado motivó un ataque sistemático que incluyó toda clase de violaciones a los derechos fundamentales de quienes estaban vinculados a actividades políticas, sindicales y gremiales -en razón de que eran visualizados como oponentes y, por tanto, blancos del régimen-”.
Sobre este caso en particular resaltaron que “algunas víctimas refirieron haber sido torturadas para obtener información relativa a su vinculación y la de sus conocidos con estas actividades” por lo que “no puede sino concluirse que estos hechos podrían constituir, de acreditarse su comisión en los términos denunciados, concretos actos ejecutivos del ataque desplegado por el último gobierno militar conforme a su particular política represiva”.
Los ministros declararon que dados los propios estándares del máximo tribunal del país y que no se pudo descartar que no se trate de crímenes contra la humanidad, “corresponde declarar la competencia del fuero federal”. Así se informó en el sitio web de la corte.
La reapertura de la causa pone un freno a la impunidad de Levin, iniciando un nuevo proceso judicial en el que se sentará nuevamente en el banquillo de los acusados. Entre las acciones de los que galvanizan el olvido y las acciones de la militancia media una distancia enorme, no de palabras, sino de significación acerca de qué significa la democracia en el contexto de la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad, más allá de los inquilinos transitorios del primer piso de Balcarce 50.